EQUIPO
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CONSTITUCIÓN
DE LA R.O.U
SECCIÓN
III DE LA CIUDADANÍA Y DEL SUFRAGIO CAPÍTULO I
Artículo
73.
Los
ciudadanos de la República Oriental del Uruguay son naturales o
legales.
Artículo
74.
Ciudadanos
naturales son todos los hombres y mujeres nacidos en cualquier punto
del territorio de la República. Son también ciudadanos naturales
los hijos de padre o madre orientales, cualquiera haya sido el lugar
de su nacimiento, por el hecho de avecinarse en el país e
inscribirse en el Registro Cívico.
Elabora
un esquema sobre el texto de este artículo de nuestra Constitución.
Las siguientes preguntas te servirán de guía:
1
¿Cómo pueden ser los ciudadanos de la ROU?
2
¿Quiénes son ciudadanos naturales de la ROU?
3
¿Qué te parece que significa “avecinarse”?
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Ley
Nº 16.021 NACIONALIDAD URUGUAYA
ART.
4: Interprétase el artículo 74 de la Constitución en el sentido
que debe entenderse por avecinamiento la realización de actos que
pongan de manifiesto, de manera inequívoca, la voluntad de la
persona en ese sentido, tales como, por ejemplo:
A) La
permanencia en el país por lapso superior a un año.
B) El
arrendamiento, la promesa de adquirir o la adquisición de una finca
para habitar en ella.
C) La
instalación de un comercio o industria.
D) El
emplearse en la actividad pública o privada.
E) Cualquier
otro acto similar demostrativo del propósito mencionado.
Elabora
un esquema sobre el texto de este artículo.
1
¿Qué entiendes por avecinamiento?
2
¿Explica con tus palabras qué actos demuestran la voluntad de
avecinarse?
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CONSTITUCIÓN
DE LA R.O.U
SECCIÓN
III DE LA CIUDADANÍA Y DEL SUFRAGIO CAPÍTULO I
Artículo
75.
Tienen
derecho a la ciudadanía legal:
A)
Los hombres y las mujeres extranjeros de buena conducta, con familia
constituida en la República, que poseyendo algún capital en giro o
propiedad en el país, o profesando alguna ciencia, arte o industria,
tengan tres años de residencia habitual en la República.
B)
Los hombres y las mujeres extranjeros de buena conducta, sin familia
constituida en la República, que tengan alguna de las cualidades del
inciso anterior y cinco años de residencia habitual en el país.
C)
Los hombres y las mujeres extranjeros que obtengan gracia especial de
la Asamblea General por servicios notables o méritos relevantes.
La
prueba de la residencia deberá fundarse indispensablemente en
instrumento público o privado de fecha comprobada.
Los
derechos inherentes a la ciudadanía legal no podrán ser ejercidos
por los extranjeros comprendidos en los incisos A) y B) hasta tres
años después del otorgamiento de la respectiva carta.
La
existencia de cualesquiera de las causales de suspensión a que se
refiere el artículo 80, obstará al otorgamiento de la carta de la
ciudadanía.
Elabora
un esquema sobre el texto de este artículo de nuestra Constitución.
Las siguientes preguntas te servirán de guía:
1
¿Qué tipos de ciudadanos legales hay?
2
¿Qué requisitos deben cumplir los extranjeros para solicitar la
ciudadanía legal uruguaya en cada caso?
3
¿Los derechos inherentes a la ciudadanía pueden ser ejercidos
inmediatamente o debe transcurrir algún plazo. En este último caso
cuál debe ser dicho plazo?
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CONSTITUCIÓN
DE LA R.O.U
SECCIÓN
III DE LA CIUDADANÍA Y DEL SUFRAGIO CAPÍTULO I
Artículo
76.
Todo
ciudadano puede ser llamado a los empleos públicos. Los ciudadanos
legales no podrán ser designados sino tres años después de
habérseles otorgado la carta de ciudadanía.
No
se requerirá la ciudadanía para el desempeño de funciones de
profesor en la enseñanza superior.
Elabora
un esquema sobre el texto de este artículo de nuestra Constitución.
Las siguientes preguntas te servirán de guía:
1
¿Qué derecho establece este artículo para los ciudadanos?
2
¿Qué otro derecho tienen, del cual ya hemos hablado en clase?
3
¿Conoces algún otro?
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CONSTITUCIÓN
DE LA R.O.U
SECCIÓN
III DE LA CIUDADANÍA Y DEL SUFRAGIO CAPÍTULO I
Artículo
78.
Tienen
derecho al sufragio, sin necesidad de obtener previamente ciudadanía
legal, los hombres y las mujeres extranjeros, de buena conducta, con
familia constituida en la República, que poseyendo algún capital en
giro o propiedad en el país, o profesando alguna ciencia, arte o
industria, tengan residencia habitual de quince años, por lo menos,
en la República.
...,
el extranjero quedará habilitado para el ejercicio del voto desde
que se inscriba en el Registro, Cívico, autorizado por la
certificación que, a los efectos, le extenderá aquella misma
autoridad.
Elabora
un esquema sobre el texto de este artículo de nuestra Constitución.
Las siguientes preguntas te servirán de guía:
1
¿A qué tienen derecho las personas enunciadas?
2
¿Deben obtener previamente la ciudadanía?
3
¿Qué requisitos se les exigen para ejercer ese derecho?
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